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De conformidad con la forma de realizar las citaciones y notificaciones de los actos administrativos, establecida en los Artículos 68 y 69 en la Ley 1437 de 2011 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, cuando se desconozca la información sobre el destinatario, se procede a publicar en el siguiente link de Citaciones y Avisos
Si desea ser notificado electrónicamente de actos administrativos, facturación o comunicaciones de la Corporación, debe autorizarlo mediante uno de estos formatos: Autorización Notificación Electrónica en Nombre Propio o Autorización Notificación Electrónica Como Representante Legal
El formato se debe diligenciar, firmar y enviarlo al siguiente correo electrónico: regionalizacion@corantioquia.gov.co
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190-NAV2404-1060 NOTIFICACIÓN POR PUBLICACIÓN
190-NAV2404-944 NOTIFICACIÓN POR PUBLICACIÓN
190-NAV2312-5392 CARLOS LONDOÑO FONNEGRA
190-NAV2312-5391 JORGE EDWIN TORRES VASQUEZ
ANLA 160HX-COE2309-40452
NOTIFICACION POR AVISO 1
El Subdirector Administrativo y Financiero de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades de Jurisdicción Coactiva otorgadas a través del acuerdo del Consejo Directivo No 586 del 14 de agosto del 2020 y la resolución 040-RES2009-5184 del 14 de septiembre del 2020:
Notificación OMAR ALEXANDER VEGA ECHAVARRIA
Notificación ARCENIO DE JESUS CANO ARIAS
Notificación JULIO CESAR POSADA PIEDRAHITA
OFICIO MAURO URIEL LLANO ÁLVAREZ
Notificación Resolución 140-RES2205-2714
POR LA CUAL SE LIQUIDA DIRECTA Y UNILATERALMENTE EL CONTRATO NO. 140-CNT2003-44 de 2020
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. – Liquidar Unilateralmente el contrato 140-CNT2003-44 de 2020 cuyo objeto es “Prestar los servicios de apoyo a la gestión en los procesos misionales de la Corporación, desde la educación, comunicación, participación, autoridad ambiental y relacionamiento con actores territoriales.” suscrito entre la CORPORACIÓN AUTÓNOMA REGIONAL DEL CENTRO DE ANTIOQUIA – CORANTIOQUIA y SERGIO LEON BALBÍN GRANADA quien se identificaba en vida con cédula de ciudadanía No.15.343.126, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la parte motiva y en los siguientes términos: PARÁGRAFO 1: Según la ejecución física del 100% del contrato y lo explicado en los considerandos de la presente resolución, la Corporación pagó al contratista DIECISIETE MILLONES TRECIENTOS VEINTE Y OCHO MIL PESOS ($17,328,000.00), equivalentes al 100% del valor del contrato, por lo que no hay saldos pendientes por pagar o reintegrar entre las partes. PARÁGRAFO 2: LA CORPORACIÓN y el señor SERGIO LEON BALBÍN GRANADA (Q.E.P.D), quedan a paz y salvo mutuo por todo concepto. ARTÍCULO SEGUNDO. – Notificar este acto administrativo bajo los términos de los artículos 67 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011) a las señoras ANGELA MARÍA ARANGO GIL, identificada con la cédula de ciudadanía Nro.39.173.146, WHENDY SERNA SALAZAR, identificada con cedula de ciudadanía Nro. 37.578.205 y CAMILA MIRA GONZÁLEZ, identificada con cedula de ciudadanía Nro. 1.038.358.860, cada una en representación legal de los menores AVRIL BALBIN ARANGO, MARTIN BALBIN SERNA y EMILIO BALBÍN MIRA, respectivamente. PARÁGRAFO 1: En los documentos allegados a la entidad la señora Ángela María Arango Gil registró el correo angeless0983@gmail.com la señora Whendy Serna Salazar registró el correo whendyssveterinaria@gmail.com y la señora Camila Mira González registró el correo camila.mirago@gmail.com ARTÍCULO TERCERO. – Publicar la parte resolutiva del presente acto administrativo por cinco (5) días hábiles en la página web de la Entidad. De igual forma, se publicará la parte resolutiva de este acto administrativo en un medio masivo de comunicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 73 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). ARTÍCULO CUARTO: Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual deberá presentarse dentro de los (10) días hábiles siguientes a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Código de procedimiento administrativo y de lo contencioso administrativo (Ley 1437 de 2011). ARTÍCULO CUARTO. – Una vez se encuentre en firme el presente acto administrativo, la supervisión del contrato deberá realizar toda la gestión necesaria para su liquidación en el aplicativo SECOP II y aplicativo corporativo PGAR.
Dada en Medellín, a los 18 días del mes de mayo del 2022.”
Carrera 65 Nº 44A-32 Medellín – Antioquia
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